3.02.2010

Prohíben duplicar el valor de las multas de tránsito

Redacción Nacional
Luego de que sea sancionada esta ley, por el cual la Corte Constitucional ha ordenado que se reglamente los costos de las multas por infracciones de tránsito, ya no se duplicarán, y por espacio de un año, esas tarifas tendrán una rebaja del 50 por ciento.
Estas dos medidas entrarán en vigencia tan pronto el presidente Álvaro Uribe sancione la ley impulsada por la Representante Gloria Estela Díaz, del movimiento político Mira, que había sido objetada por el Ejecutivo.
Ahora fue la propia Corte Constitucional la que, luego de examinar la norma y pedir ajustes, ordenó su sanción.
De esta manera, los conductores infractores tendrán 5 días, después de cometida la infracción, para obtener un descuento del 50% en el pago de la multa que no se duplicará.
Si el pago se efectúa del día 6 al día 20, el descuento será del 25%. Después de este plazo el infractor deberá pagar la totalidad de la sanción.
La reforma contiene también una nueva categoría para algunas infracciones que se castigan más severamente. De allí que, el período de suspensión de la licencia por causa de embriaguez, hoy entre 8 meses y 1 año, se eleve a entre 3 y 10 años.
Los conductores que tengan pendiente el pago de multas, sean de servicio público, vehículo particular, o de motocicletas, tendrán la posibilidad de acceder, durante los siguientes 12 meses, a un descuento del 50%.