8.31.2009

Primer taller sobre la política de protección de las mujeres

El Periódico
En un taller didáctico, ameno y de gran interés, se llevo a cabo la reunión con la población femenina donde se abordo la ley 1257 a cerca de la no violencia contra la mujer, que en este municipio se direcciona desde la administración, con el apoyo de la asociación de juntas comunales.
La presente ley tiene por objeto la adopción de normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional y los procedimientos administrativos y judiciales para su protección, mediante la Implementación de políticas públicas que deberán reconocer las diferencias y desigualdades sociales, biológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social.
Se aborda desde la reiteración del reconocimiento de derechos contenidos en los instrumentos internacionales de derechos de las mujeres ratificados por Colombia, la Constitución Política y la Jurisprudencia de la Corte Constitucional. Derechos: a una vida digna, a la Integridad física, sexual y psicológica, la intimidad, a no ser sometida a tortura, la a Igualdad, a no ser sometida a forma alguna de discriminación, a la libertad y autonomía, al libre desarrollo de la personalidad, a la salud y seguridad personal.
Asimismo, precisa los tipos de violencia contra las mujeres que son: psicológica, física, patrimonial, económica, sexual y cualesquiera otras que lesionen o dañen su dignidad, integridad o libertad. También se establece la reparación de daño por ilícitos relacionados con la discriminación, la violencia familiar y sexual, así como el feminicidio, e incorpora la indemnización del daño material y moral a la víctima.
De igual forma, esta ley atribuye facultades y obligaciones a los refugios públicos y privados que reciben recursos del erario para cumplir su cometido de asistir y proteger eficientemente a las víctimas de violencia, además de indicar los servicios que dichos refugios deben prestar a las mujeres que albergan.
Detalla que la violencia familiar es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantenga o hayan mantenido una relación de hecho.
La líder comunal señalo que se hace necesario el compromiso de la sociedad para que busquen la transformación a través del dialogo, el entendimiento, la sana convivencia y el respeto por el llamado sexo débil, que como tal no tiene nada, ya que la mujer es pilar fundamental para todas las comunidades y la sociedad.